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La atención al cliente y la excelencia en el servicio, constituyen una de las bases fundamentales para el éxito, el prestigio y el desarrollo de una organización en el mercado global de hoy.
Para Factual Services, es muy importante el servicio a nuestros clientes por lo que a continuación le mostramos una breve explicación de las normas oficiales mexicanas y su proceso de verificación esperando le sea de utilidad, no sin antes reiterarle que cualquier otra duda que tenga respecto a procedimiento, requisitos o trámites necesarios para importación de productos que solicitan normas oficiales mexicanas, le atenderemos con mucho gusto esperando satisfacer sus necesidades.
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM's) son la regulación técnica de observancia obligatoria expedidas por las dependencias competentes, conforme a las finalidades previstas por la Ley Federal de Metrología y Normalización, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, etc., buscando así la protección de la vida, la salud o el medio ambiente. Asimismo determinan la información comercial y/o sanitaria que deben cumplir las etiquetas, envases, embalajes y publicidad de los productos para proporcionar toda la información necesaria a los consumidores y de esta forma tomen decisiones de compra adecuadas a sus necesidades.
Existen Normas para cada tipo de producto (prendas de vestir y accesorios, juguetes, productos de piel o su imitación, calzado, productos eléctricos, electrónicos o electrodomésticos, alimentos y bebidas, bebidas alcohólicas, productos de perfumería y belleza, etc.) Cuando un producto nacional debe cumplir con una determinada NOM, todos los productos de importación deberán cumplir con las mismas especificaciones antes de su internación a territorio nacional. Ningún producto podrá ser comercializado si no cumple los lineamientos de dichas normas.
Para los productos de importación se establecen los siguientes requisitos para poder cumplir con las NOM's en territorio nacional con el servicio de una Unidad de Verificación:
Dar cumplimiento a dichas normas oficiales mexicanas de información comercial en territorio nacional, siempre que traslade las mercancías a un domicilio particular, en el cual una unidad de verificación, acreditada en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, realizará ya sea la verificación, o la recolección de muestras para su posterior verificación en materia de veracidad de la información comercial. Las mercancías correspondientes a la fracción arancelaria 2203.00.01 de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de exportación en ningún caso podrán acogerse a lo dispuesto en esta fracción. Los importadores que opten por la alternativa prevista en esta fracción deberán: